El “Requeriment”

El “Requeriment”


Després de conscienciosos debats, reconeguda la validesa del títol de donació de les terres d’Índies atorgat pel Papa, la Junta de Valladolid va acordar que el rei “podia enviar a requerir als cacics indis que les hi donessin, i que si no les hi volguessin donar, els podia fer la guerra i prendre-se-les per la força...”. Redactat pel Dr. Palacios Rubios, el “Requeriment” fou llegit per primera vegada el 12 de juny de 1514 per Juan de Ayora a les costes de Santa Marta.

I. De parte del muy alto é muy poderoso é muy católico defensor de la iglesia, siempre vencedor e nunca vencido, el Grand Rey don Fernando Rey de las Españas, de las dos Sicilias, é de Hierusalem, é de las Indias, islas é tierra firme del mar Océano, é domador de las gentes bárbaras; é de la muy alta é muy poderosa señora Reyna Doña Johana, su muy cara é muy amada hija, nuestros señores:

Yo (aquí el nombre del capitán) su criado, mensagero é capitán, vos notifico é hago saber, como mejor puedo, que Dios nuestro Señor, uno é trino crió el cielo é la tierra, é un hombre é una muger de quien nosotros é vosotros é todos los hombres del mundo fueron e son descendientes é procreados, é todos los que después de nos han de venir. Mas por la muchedumbre que de la generación destos ha subcedido desde cinco mill años y más que ha que el mundo fue criado, fue necesario que los unos hombres fuessen por una parte y otros por otras, é se dividiesen por muchos reinos dé provincias, que en una sola no se podían sostener ni conservar.

II. De todas estas gentes Dios, nuestro Señor dió cargo á uno que llamado Sanct Pedro, para que de todos los hombres del mundo fuese príncipe, Señor é Superior, á quien todos obedesciesen é fuese cabeza de todo el linaje humano donde quier que los hombres viviesen y estuviesen, y en cualquier ley secta ó creencia: é dióle todo el mundo por su reyno é señorío é jurisdicción.

III. É como quier que le mandó que pussiesse su silla en Roma, como en lugar más aparejado para regir el mundo, mas también le permitió que pudiese estar é poner su silla en cualquiera otra parte del mundo, é juzgar é gobernar á todas las gentes, chripstianos, é moros, é judíos, é gentiles, é de cualquiera otra secta ó creencia que fuessen.

IV. A este llamaron Papa, que quiere decir Admirable, mayor padre é guardador porque es padre é guardador de todos los hombres.

V. A este Sant Pedro obedescieron é tuvieron por señor é rey é superior del universo los que en aquel tiempo vivían; e assí mesmo han tenido á los otros que después dél fueron al pontificado elegidos; é assí se ha continuado hasta agora é se continuará hasta que el mundo se acabe.

VI. Uno de los Pontífices pasados que en lugar deste subcedió en aquella silla é dignidad que he dicho, como príncipe é señor del mundo hizo donación destas islas é Tierra-firme del mar Océano á los dichos Rey e Reyna é á sus subcesores en estos reynos, nuestros señores, con todo lo que hay en ellos, según que se contiene en ciertas escripturas que sobre ello passaron, y que podéis ver si quisiéredes. Assí que, Sus Altezas son Reyes é Señores destras islas é tierra firme, por virtud de la dicha donación. E como á tales Reyes é Señores destas islas é tierra firme, algunas islas ó quassi todas (á quien esto ha sido notificado) han rescebido á sus Altezas é los han obedescido é obedescen, é servido é sirven, como súbditos lo deben hacer; é con buena voluntad, sin ninguna ressistencia, luego sin dilación, como fueron informadas de lo sussodicho obedescieron é recibieron los varones é religiosos que sus Altezas enviaron para que les predicassen é enseñassen nuestra sancta fee cathólica á todos ellos de su libre é agradable voluntad, sin premio ni condición alguna, é se tornaron ellos chripstianos é lo son, é sus Altezas los rescibieron alegre é benignamente, é assí los mandaron tratar, como á los otros sus súbditos é vasallos, é vosotros sois tenidos é obligados á hacer lo mesmo.

VII. Por ende, como mejor puedo vos ruego é requiero que entendáis bien esto que vos he dicho, é toméis para entenderlo y deliberar sobre ello el tiempo que fuere justo; é reconozcays á la Iglesia por Señora é Superiora del Universo, é al Sumo Pontífice, llamado Papa, en su nombre; é al Rey é a la Reyna en su lugar, como á señores é superiores é Reyes destas islas é Tierra-firme, por virtud de la dicha donación: é consintays é deys lugar questos padres religiosos vos declaren é prediquen lo sussodicho.

VIII. Si assí lo hiciéredes haréis bien á aquellos que soys tenidos é obligados, é sus Altezas é yo en su nombre vos recebirán con todo amor y caridad; é os dexarán vuestras mugeres é hijos é haciendas libremente, sin servidumbre, para que dellos é de vosotros hagays libremente todo lo que quisiéredes é por bien tuviéredes, é no vos compelerán á que vos tornéis chripstianos; salvo si vosotros, informados de la verdad, os quisiéredes convertir á nuestra sancta Fee Cathólica, como lo han hecho quassi todos los vecinos de las otras islas. É allende desto, Sus Altezas os darán muchos privilegios y exenciones, é vos harán muchas mercedes.

IX.Si no lo hiciéredes y en ello maliciosamente dilación pusiéredes, certifícoos que con el ayuda de Dios, yo entraré poderosamente contra vosotros é vos haré guerra por todas partes é maneras é vos subjectaré al yugo y obediencia de la Iglesia y sus Altezas, e tomaré vuestras personas é de vuestras mugeres é hijos, é los haré esclavos, é como tales los venderé e disporné dellos como sus Altezas mandaren; e vos tomaré vuestros bienes, é vos haré todos los males é daños que pudiere como á vasallos que no obedescen ni quieren rescebir su Señor y le resisten é contradicen. E protesto que las muertes e daños que dello se recrescieren, sean á vuestra culta, é no á la de Sus Altezas ni mía, ni destos caballeros que conmigo vinieron. E de como lo digo y requiero pido al presente Escribano me lo dé por testimonio signado.